Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Emcali Eice Esp·Demandado Aguirre Castellanos Alvaro Antonio

Tema · dato duro
Controversia Generada Por La Ocupación Permanente De Inmuebles, Con Redes Y Torres Conductoras De Energía Sin La Constitución De Servidumbre.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali y el Juzgado Diecisiete Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda que formuló EMCALI en contra de un particular, con el fin de que declarara la imposición de servidumbre especial de transmisión eléctrica con ocupación permanente sobre un área de terreno de propiedad del demandado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 769/21 mediante la cual se estableció que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, por competencia residual (art. 15 CGP) conocer del proceso de imposición de servidumbre de conducción de energía eléctrica, acorde con los supuestos del artículo 27 de la Ley 56 de 1981, al tratarse de un trámite especial que no está expresamente atribuido a una jurisdicción en particular.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali y el Juzgado Diecisiete Administrativo del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3914 al Juzgado Veintinueve Civil Municipal de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Diecisiete Administrativo del Circuito de Cali.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.